Malagueño: disponen restricciones horarias de actividad y circulación

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La Municipalidad de Malagueño emitió nuevas medidas que entre el 23 de diciembre y el 10 de enero disponen una serie de restricciones horarias para diferentes actividades sociales y productivas. Entre ellas, se dispuso «la restricción de la circulación de personas entre las 4 y las 7 de cada día, exceptuando a quienes se encuentren debidamente autorizados para realizar actividades esenciales.

A excepción de las farmacias, estaciones de servicio e industrias, se determinó que comercios esenciales y no esenciales tengan sus puertas abiertas hasta las 22; que los bares, restaurantes y afines puedan hacerlo hasta las tres de la madrugada con un aforo del 50 por ciento y hasta ocho personas en cada mesa en lugares cerrados y cien por ciento al aire libre.

Las actividades deportivas de gimnasios y canchas de fútbol 5 y paddle se habilitan hasta las 24. En tanto, las actividades de entrenamiento en clubes y alquileres de canchas de fútbol 5 deben cumplir el protocolo establecido y garantizar que los participantes se retiren al finalizar la actividad.

Las actividades religiosas podrán funcionar con un 50 por ciento de aforo en lugares cerrados y cien por ciento en lugares abiertos con uso obligatorio de barbijo.

Los «shop» de estaciones de servicio podrán estar abiertos las 24 horas.

Los salones de eventos, con un aforo del 50 por ciento en espacios cerrados y del cien por ciento en lugares abiertos, podrán funcionar hasta las tres de la madrugada con un máximo de ocho personas por mesa.

Las reuniones sociales y familiares, con un máximo de 20 personas, se habilitan hasta las tres de la madrugada con cuidados necesarios y cumpliendo protocolos.

Las discotecas están habilitadas hasta las tres de la madrugada con un aforo del 50 por ciento, con presentación de certificado de vacunación contra Covid-19. En tanto, para bailes, también se permite un aforo máximo del 50 por ciento con un máximo de 4000 personas hasta las tres de la madrugada y con la presentación obligatoria del certificado de vacunación contra Covid-19.

Para los alojamientos, no hay aforo y de acuerdo a las capacidades máximas otorgadas en el plan de evacuación presentado para su habilitación

Finalmente, indicaron que quedan vigentes las medidas sanitarias de prevención, como el uso de barbijo obligatorio e higiene de manos. Y se dispuso la restricción de la circulación de personas entre las 4 y las 7 de cada día, exceptuando a quienes se encuentren debidamente autorizados para realizar actividades esenciales.

FOTOS: GOOGLE MAPS Y MICÓRDOBAARGENTINA

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