Entran en vigencia las nuevas medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno Provincial

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A partir del lunes 27 de septiembre y por 14 días (hasta el 10 de octubre), rigen las medidas sanitarias que acordó el Gobierno Provincial en la mesa con las autoridades municipales. Las mismas están contenidas en el decreto 1100 que fue publicado el sábado 25 de septiembre en el Boletín Oficial. Entre las disposiciones, se reitera la obligación del uso de barbijo en todos los espacios públicos cerrados y abiertos.

Según indicó oficialmente el Gobierno de la Provincia de Córdoba, las medidas que entrarán en vigencia el próximo lunes y por un plazo de 14 días son las siguientes:

  1. Uso obligatorio del barbijo como hasta ahora, en todos los espacios públicos tanto abiertos como cerrados.
  2. Circulación permitida desde las 6 a las 3 de la mañana.
  3. Reuniones sociales y familiares en domicilios hasta las 2 de la mañana y con un máximo de 20 personas, sosteniendo las medidas vigentes de prevención y manteniendo ventilación cruzada en los ambientes cerrados.
  4. Actividades religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales en lugares cerrados con un aforo del 70% según protocolos vigentes. Se debe sostener el uso de barbijo, distanciamiento y ventilación cruzada.
  5. Autorización de viajes de jubilados y jubiladas con esquemas completos de vacunación (14 días previos al evento). Se recomienda realizar un test de Antígeno COVID-19 previo, de no más de 48 horas antes, y uno posterior al viaje.
  6. Autorización de viajes de egresados y egresadas, y de estudiantes o similares. Se recomienda realizar un test de Antígeno COVID-19 previo, de no más de 48 horas antes, y uno posterior al viaje.
  7. Autorización de discotecas, boliches, bailes o actividades similares con aforo del 50%, hasta las 2 de la mañana, para mayores de 18 años con esquema completo de vacuna (14 días previos al evento), y con ventilación adecuada en los espacios cerrados. Se recomienda realizarse un test de antígeno COVID-19 previo, de no más de 48 horas antes.
  8. Salones de fiestas y Usos Múltiples: aforo del 70% y hasta las 2 de la mañana. Se recomienda realizarse un test de antígeno COVID-19 previo, de no más de 48 horas antes.
  9. Eventos masivos de más de mil (1.000) personas al aire libre: aforo del 50% con un límite no más de 2.500 personas, siguiendo los protocolos vigentes. Se recomienda realizarse un test de antígeno COVID-19 previo, de no más de 48 horas antes. Quedan exceptuadas las actividades deportivas profesionales, cuyo protocolo y aforo será definido por la Agencia Córdoba Deportes.
  10. Shopping, centros comerciales y galerías: aforo del 70%, extendiendo el horario hasta las 22 horas y siguiendo las recomendaciones del protocolo vigente.
  11. Lugares gastronómicos y bares: aforo del 70%, en el interior del local y hasta 8 personas por mesa, siguiendo las recomendaciones del protocolo vigente, hasta las 2 de la mañana. Aforo al 100% en espacios en el exterior o en galerías abiertas.
  12. Bingos y casinos: aforo del 70%, siguiendo las recomendaciones del protocolo vigente. Se recomienda realizarse un test de antígeno COVID-19 previo, de no más de 48 horas antes.
  13. Actividades deportivas y recreativas en espacios cerrados: Se continuará con aplicación de un aforo de 50%. Continúan permitidas todas las actividades recreativas y deportivas al aire libre. La Agencia Córdoba Deportes definirá las particularidades que pudieran corresponder en cada tipo de actividad deportiva.
  14. Apertura gradual y cuidada de fronteras a coordinar con migraciones, Anac y otras autoridades, e ingreso de personas del extranjero aplicando el protocolo nacional.
  15. Estas disposiciones serán analizadas de manera permanente y revaluadas dentro de 14 días.

FUENTE: PRENSA.CBA.GOV.AR

Consultá el decreto en el siguiente link: https://boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2021/09/1_Secc_250921ee.pdf

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