La Justicia admitió el amparo colectivo contra el tarifazo para las Pymes

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Así lo resolvió el Juez Federal Hugo Vaca Narvaja respecto a la acción judicial encabezada por la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (APYME).

El Juez Federal Miguel Hugo Vaca Narvaja resolvió “declarar formalmente admisible la acción colectiva intentada, en defensa de los derechos e intereses del colectivo integrado por los pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines que pudieran verse afectados”.

En este sentido, la admisión judicial se da tras la presentación de un amparo contra la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios del gas por parte de los pequeños y medianos empresarios. En diálogo con Radio Tortuga 102.7, el presidente de Apyme, Eduardo Fernández, señaló que «la admisión del amparo es todo un dato ya que otras entidades han presentado acciones similares y todavía la Justicia no se ha expedido».

En la acción presentada por Apyme se exige «que la Justicia Federal se pronuncie sobre la legalidad del proceso de los cuadros tarifarios impuestos por el Gobierno Nacional” y se solicita la “impugnación de las audiencias públicas, que tal como están convocadas contravienen las leyes vigentes y la Constitución Nacional”. «Es un claro acto de discriminación para los micros, pequeños y medianos comerciantes», destacó Fenández.

En la misma dirección, la presentación de APYME también pide “un pronunciamiento sobre la incompatibilidad del ministro de Energía Juan José Aranguren en su función, en virtud de la Ley 25.188 de ética pública, ya que el funcionario posee acciones de las empresas que se benefician con los incrementos, títulos que aumentaron de enero a la fecha un 37 por ciento en euros”.

Asimismo, en relación a la decisión de la Corte Suprema de Justicia de dar marcha atrás con los aumentos del servicio de gas para los usuarios residenciales, la acción presentada por Apyme busca que se ordene a las demandadas, Poder Ejecutivo Nacional-Ministerio de Energía y Minería y el Ente Nacional de Regulación del Gas (ENARGAS), a que “se abstengan de requerir y/o perseguir el cobro de cualquier suma de dinero que surja de las tarifas derivadas de las normas impugnadas” y que no se considere válidas las audiencias públicas que no se realicen “con los modos, formas y garantías que deben tener las audiencias públicas”.

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