La Suprema Corte de Justicia de la Nación ratificó la constitucionalidad de la Ley de Protección de Glaciares en nuestro país. El fallo unánime, que valida la Ley 26.639, rechazó la acción declarativa de inconstitucionalidad de la minera Barrick Gold contra la normativa aprobada en el 2010 y que resguarda el ambiente glaciar y el área circundante denominada periglaciar de cualquier actividad que los ponga en riesgo, como la megaminería.
La Corte determinó que los glaciares son reservas estratégicas de agua y que deben ser protegidas. También aclaró que aunque Argentina es un país federal y los recursos del subsuelo son de los Estados provinciales, tanto las provincias como el Estado nacional deben preservar el derecho constitucional a un ambiente sano.
Son más de 40 los proyectos megamineros que ahora deberán someterse a la Ley. En diálogo con Radio Sin Dueño, Federico Soria, miembro de la Asamblea de Uspallata y un estudioso del tema, expresó: “teníamos el convencimiento de que se iba a declarar la constitucionalidad de la ley, es la confirmación de lo que era un secreto a voces. Esto nos pone en una posición exultante y como defensores del agua vamos a ir por más”.
Lo que queda para estas organizaciones de ahora en adelante es bregar por su implementación y estar alertas ante cualquier intento de modificiación, explicó Soria. Y añadió: “Lo que le queda al sector de la megaminería es tratar de modificar la ley en el Congreso, que lo pueden hacer, tal como lo están haciendo el lobby de la megaminería en la Legislatura de Mendoza con la Ley 7.722 – que prohíbe el uso de sustancias tóxicas en la explotación minera- , que ha pasado por todas las instancias administrativas y jurídicas, y ahora la quieren modificar en la legislatura”.
Para el asambleísta el desafío de las organizaciones es “accionar y exigir que los proyectos mineros que se estén llevando adelante dentro de zona protegida por la Ley de GLaciares, inmediatamente se tienen que dar de baja, además de recomponer el daño ambiental provocado”.
Además señaló que le Ley de Glaciares goza de toda legitimidad: “era una aberración jurídica si el fallo tiraba abajo la ley, porque ésta se sostiene en el artículo 41 de la constitución nacional y la Ley General del Ambiente 26.575″.
Fuente: Agencia Farco