Este miércoles 1° de abril, el Juzgado Nacional del Trabajo número 74, a cargo de José Ignacio Ramonet, hizo lugar a la acción que había promovido la Unión de Docentes Argentinos (UDA), suspendiendo la aplicación de la Ley 27.802 de reforma laboral, en su artículo 101 inciso a, que califica a la educación como «servicio esencial» y exige la cobertura obligatoria del 75% del plantel docente durante las medidas de acción sindical.
Según reveló UDA, la medida alcanza a la totalidad de las y los docentes del país y suspende la declaración de esencialidad prevista en la norma impulsada por el gobierno y que fue aprobada con el apoyo de sus aliados.
«Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo, y no restringir derechos colectivos que justamente buscan resguardar esas condiciones», sostuvo Sergio Romero, titular de UDA.
La Federación Nacional de Docentes Universitarios (Conadu), por su parte, precisó que hasta que exista sentencia definitiva, rigen las normas anteriores: la Ley 25.877 y la jurisprudencia previa a la reforma.
«El Poder Judicial está ejerciendo el control de constitucionalidad frente a políticas que vulneran derechos fundamentales, esto tiene impacto directo sobre la capacidad de acción sindical», expresó Conadu.








