A través de un comunicado de prensa, el «Centro de Almaceneros, Autoservicios y Comerciantes Minoristas de Córdoba» expresó su discrepancia con la Resolución 1050/2021 del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación que impone precios máximos de venta al consumidor de bienes de consumo general. Analizan que se trata de «una medida repetidamente insuficiente, en la que los comercios de proximidad del interior fueron excluidos de toda consulta».
Esta institución, que nuclea a comercios minoristas de la Provincia de Córdoba, observó «con preocupación la decisión arbitraria del Gobierno Nacional, de decretar unilateralmente los precios máximos a que, por el plazo de 90 días, deberán comercializarse al consumidor final más de 1.000 (mil) artículos de alta rotación; generando desconcierto entre proveedores y comerciantes (incluidos en el Art. 1º), además de falsas expectativas en los consumidores del Interior del país, cuyo comportamiento de consumo, evidentemente, no fue contemplado».
En la nota, el Centro de Almaceneros esgrime que si bien es válido que el Gobierno Nacional instrumente medidas para aplacar el ritmo inflacionario, principalmente el que afecta a alimentos y otros productos básicos de la Canasta Familiar, esta resolución «establecida impetuosamente como respuesta a la falta de acuerdo con una parcialidad de la cadena de comercialización; se torna inviable para el sector comercial que nuestra Institución representa (donde principalmente adquieren sus alimentos las familias de menores recursos económicos) por múltiples aspectos, entre los cuales consideramos de mayor importancia».
Entiende el Centro de Almaceneros que «con criterio absolutamente centralista, las instituciones del interior del país que representan a almacenes y autoservicios, NO fueron convocadas, ni consultadas y mucho menos representadas en las reuniones convocadas por la Secretaría de Comercio de la Nación«.
En concreto, cuestiona el Centro de Almaceneros que «la Resolución obliga a sostener durante tres meses, precios de venta que en numerosos productos (Anexo IF2021) son inferiores al precio de compra»; y que «no contempla mecanismos, ni establece diferentes listas de precios entre establecimientos comerciales que adquieren productos directamente desde la industria (súper e hipermercados) y quienes lo hacen mayoritariamente a través de intermediarios (almacenes y autoservicios)«.
Asimismo, advierten que «sin un consenso federal», el efecto de esta Resolución «será reprimir (y no atenuar) la inflación, trasladándola al primer trimestre de 2022«. Y concluyen que «la inflación, y la pobreza de más del 40 por ciento de argentinas y argentinos, no pueden descifrarse en un escritorio de Buenos Aires» y que «deben generarse los debates necesarios, con todos los sectores de la sociedad y en todo el territorio nacional«.