Se ratificó el fallo por «contaminación ambiental dolosa» en barrio Ituzaingó Anexo

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La CSJ rechazó un recurso de queja presentado por los abogados defensores  de Parra y Pancello, condenados por la Justicia cordobesa a tres años de prisión condicional, en un fallo inédito del 2012. 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CJS) mantuvo firme el fallo del 22 de agosto de 2012, cuando la Cámara I del Crimen de Córdoba condenó a tres años de prisión condicional al agricultor Francisco Parra y al aeroaplicador Edgardo Pancello, acusados por «contaminación ambiental dolosa» en barrio Ituzaingó Anexo de la capital provincial. Los vocales Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz de la CSJ  declararon inadmisible el Recurso de Queja presentado por los abogados defensores.

En diálogo con Radio Tortuga 102.7, Dario Avila, abogado ambientalista, habló sobre los alcances de la medida de la CSJ y la importancia que tiene para las organizaciones en defensa del ambiente este tipo de fallos.

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