La Corte habilitó el artículo del DNU 70/2023 que deroga la Ley de Tierras y habilita la «extranjerización»

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Con el voto de sus tres miembros (Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti), la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el fallo que había declarado inconstitucional el artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 de Javier Milei, que (entre otros muchos puntos) derogaba la Ley de Tierras. El máximo tribunal consideró que carece de legitimación la entidad promotora de la demanda, el Centro de Ex Combatientes de las Islas Malvinas (Cecim) La Plata. «Podemos morir en defensa de la soberanía, pero no acudir a un Tribunal», expresó la organización de veteranos a través de un crítico comunicado en el que denuncia que la Corte está poniendo a la «Argentina en venta».

Para deslegitimar al Cecim La Plata como promotor de la demanda de inconstitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras, contemplada en el DNU 70/2023, la Corte consideró que hay una «clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo».

En respuesta a ello, la organización de veteranos expresó: «Podemos morir en defensa de la soberanía, pero no acudir a un Tribunal. El fallo no solo se pelea con el derecho. Lo hace con la humanidad, con la razonabilidad. Esta Corte es indigna, por la temeridad y violencia con la que, sistemáticamente, violenta al pueblo argentino, a su territorio, a su capacidad de decidir».

Asimismo, alertó el Cecim La Plata que con esta decisión el máximo tribunal deja sin efecto la Ley de Tierras, por lo que habilita la posibilidad de que personas e incluso Estados extranjeros adquieran tierras argentinas sin ningún tipo de límite: «Acaba de decirle al mundo entero que, si quiere, pueden venir a comprar municipios, provincias, zonas de frontera, ríos, valles, bosques, quebradas, incluidas las Islas Malvinas«.

Foto: La Izquierda Diario

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