Por La Nueva Mañana/ Diputados nacionales del Frente de Todos presentaron este jueves un nuevo proyecto de ley de biocombustibles, que reemplazaría a la actual normativa y tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030.
La presentación de la iniciativa busca poner fin a la controversia generada con la oposición por el hecho de que el oficialismo resistía la media sanción votada en el Senado por unanimidad para prorrogar la ley 26.093, cuyo régimen especial está próximo a vencer.
El nuevo marco regulatorio que propone el oficialismo comprende todas las actividades de «elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles», y entraría en vigor a partir del 12 de mayo, el mismo día en que vence la actual ley 26.093. La autoridad de aplicación será la Secretaría de Energía conducida por el ex diputado nacional neuquino Darío Martínez.
La iniciativa define como biocombustible «al bioetanol y al biodiesel que cumplan los requisitos de calidad que establezca la autoridad de aplicación, y que se produzcan en plantas instaladas en la República Argentina a partir de materias primas nacionales cuyo origen sea agropecuario, agroindustrial y/o provenga de desechos orgánicos».
El texto aclara que «las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos no podrán ser titulares o tener participación en empresas y/o plantas productoras de biocombustibles».
La iniciativa contempla que «todo combustible líquido clasificado como gasoil o diésel oil -conforme la normativa de calidad de combustibles vigente o la que en el futuro la reemplace- que se comercialice dentro del territorio nacional, deberá contener un porcentaje mínimo obligatorio de biodiesel de 5%, en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final».
En el caso de «todo combustible líquido clasificado como nafta», deberá «contener un porcentaje mínimo obligatorio de bioetanol de 12% en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final».
En tanto, el bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y el elaborado a base maíz tendrán un porcentaje nominal de 6% de la mezcla mínima obligatoria, aunque el proyecto aclaro que en caso de escasez general y comprobada, la autoridad de aplicación podrá reducir transitoriamente el porcentaje hasta un 3%; o, por el contrario, elevarlo cuando considere conveniente.
En otro tramo del proyecto, se faculta a la autoridad de aplicación a arbitrar «los medios necesarios para sustituir la importación de combustibles fósiles con biocombustibles, con el objeto de evitar la salida de divisas, promover inversiones para la industrialización de materia prima nacional y alentar la generación de empleo».
La iniciativa, por otra parte, regula sobre infracciones y sanciones a las empresas y establece que el biodiesel y el bioetanol no estarán gravados por el Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) ni por el Impuesto al Dióxido de Carbono (ICO2).