En la sesión del Concejo Deliberante del miércoles 18 de noviembre, el bloque opositor presentará el proyecto de ordenanza de «Regulación de Audiencias Públicas», que dispondría la manera en que se deben convocar estas instancias ciudadanas, quiénes pueden participar y las funciones de las autoridades.
El proyecto remite en sus considerandos, al artículo 198 de la Carta Orgánica Municipal de Alta Gracia, que establece que «los vecinos o entidades de participación ciudadana, en Audiencia Pública, pueden proponer a la administración la adopción de determinadas medidas para satisfacer sus necesidades vecinales o recibir información de los actos políticos administrativos». Cita también el inciso 4 del artículo 11 que establece que es Derecho de los Vecinos, «participar política, económica, social y culturalmente en la vida comunitaria»; y el inciso 9 que establece el derecho de los vecinos a informarse y ser informados.
Y afirma que, «siendo facultad excluyente del Concejo Deliberante la reglamentación de dichas audiencias como así también su funcionamiento, es de imperiosa necesidad la presente Ordenanza para la organización y efectiva participación de los Ciudadanos y su público conocimiento».
En concreto, en los 11 artículos que contiene el proyecto que preparó Alta Gracia Crece se pretende reglamentar «el objetivo, procedimiento y alcance de las reuniones que, con el carácter de Audiencia Pública sean convocadas por el Concejo Deliberante y/o el Departamento Ejecutivo de la Ciudad»; sus objetivos, participantes, los requisitos de la convocatoria, las autoridades y sus atribuciones, el procedimiento, entre otros puntos.
A continuación, se reproduce el proyecto completo: