En su Resolución número 5, la Junta Electoral Municipal dispuso prorrogar un día la fecha límite para la presentación de las listas que competirán en los comicios municipales del 17 de septiembre. Inicialmente, el cierre coincidía con el domingo 13 de agosto, en el que se celebrarán las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) nacionales.
Precisa la mencionada Resolución que la decisión se tomó, tras consultarse a la Justicia Electoral Provincial, desde donde emanó una respuesta que, si bien indica que las PASO nacionales no deberían interferir en el proceso local, «atento a posibles confusiones y prohibiciones que rigen para el día de los comicios, quizá resultara razonable extender el plazo de presentación para el día siguiente (por el lunes 14 de agosto) que s el primer día hábil».
Analizó la autoridad provincial que la decisión «no produce perjuicio alguno a las agrupaciones participantes en la contienda, por el contrario, les da un tiempo para acordar y siempre dentro del marco de excepcionalidad que impone la problemática».
Con dicha respuesta en la mano, la Junta Electoral Municipal tomó la decisión de la postergación por mayoría, con el voto positivo de la Vocal 1º y de la Presidente, y el voto en contra del Vocal.
En virtud de ello, el artículo 2º de la Resolución número 5 establece como plazo improrrogable para la presentación de listas a la hora 24 del lunes 14 de agosto.
Requisitos
Dentro del mencionado plazo para la presentación de listas de candidatos, según precisa la Resolución, los partidos políticos y alianzas deberán presentar una solicitud que deberá reunir los siguientes requisitos, bajo pena de inadmisibilidad:
a.- Nota dirigida a la J.E.M. -por la que se solicita la oficialización de lista de candidatos- que contenga: Nombre del Partido Político y/o Alianza; domicilio legal; teléfono fijo y/o móvil; datos del apoderado; firma del apoderado y aclaración; DNI del apoderado (original y fotocopia para su compulsa).
b.- Certificado de Personería Jurídico Política vigente emitido por el Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba.
c.- Auto Interlocutorio del Juzgado Electoral Provincial por el que se otorga reconocimiento jurídico político municipal.
d.- Plataforma Electoral.
e.- Constancia y/o Acta de Proclamación de los candidatos por parte del Partido Político y/o Alianza de que se trate.
f.- Lista de Candidatos a ocupar los cargos de Intendente, Viceintendente, Concejales (titulares y suplentes) y miembros del Tribunal de Cuentas (titulares y suplentes); Formulario de aceptación del cargo y declaración jurada de cada uno de los candidatos (suscripta por el candidato y el apoderado del Partido que refrenda su autenticidad, dicho formulario se encuentra a disposición de los interesados en la J.E.M.); DNI de cada candidato (original y copia para su compulsa); acreditación de domicilio en la ciudad de Alta Gracia y del cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 65, 149 y 155 C.O.M.
g.- Cumplimiento de la paridad de género de la Lista de Candidatos según art. 7 del Código Electoral Municipal (Ord. 12.061)
h.- Soporte Digital: con fotografía a color del candidato a Intendente (de frente, tamaño 4×4 cm. y con fondo color blanco), con más emblema o símbolo partidario a color -todo en formato JPG, en 300 DPI de resolución, con un peso máximo de 1 MB.-.