Se trata de un decreto emitido por el Ministerio de Desarrollo Social que permitirá a tutorxs de niñxs y adolescentes poder trasladarlxs en casos específicos. Aquí la información completa.
El Ministerio de Desarrollo de la Nación estableció una serie de expeciones al aislamiento social obligatorio a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, y en un trabajo articulado con el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación.
La medida en cuestión otorga permiso para quienes tengan niñxs y adolescentes a su cargo puedan trasladarlxs de manera autorizada en el caso de que lxs menores hubieran quedado en aislamiento fuera de sus centros de vida, o también cuando resultare pertinente de acuerdo al interés superior del niñx o adolescente a fines de que pueda cumplir el aislamiento de manera correcta. En este caso, el traslado será permitido por única vez.
Además, el decreto establece excepciones por motivos de salud, como así también cuando la persona a cargo o referente afectivo deba concurrir a su lugar de trabajo de acuerdo a las excepciones establecidas en el Artículo Nº6 del Decreto 297/20, ausentándose del hogar en que se encuentre el niñx o adolescente.
Aquellas personas que necesiten recurrir a esta posibilidad, deberán cumplimentar con los requisitos establecidos en la página oficial del Gobierno y presentar la declaración jurada que se encuentra siguiendo este enlace.

FOTO: Archivo DiarioTortuga.com