Variante Ruta 5: Se desarrolló audiencia de conciliación ante el amparo ambiental presentado por la Asamblea Paravachasca

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La Asamblea Paravachasca informó que el 24 de agosto se desarrolló la audiencia de Conciliación por el Amparo Ambiental de la Autovía Alternativa Ruta 5, que fue deducido por miembros de esta organización y habitantes del Valle de Paravachasca, en contra de la obra vial del tramo Alta Gracia – Villas Ciudad de América. «Si bien no se llegó a un acuerdo, la misma constituyó una instancia de participación en la que los amparistas pudieron exponer y manifestar sus posiciones respecto del proyecto de obra vial», indicaron, recordando los pasos administrativos y legales que vienen llevando adelante «con la intención de reclamar, por diferentes vías y a través de diversas acciones, lo que consideramos un atropellos hacia quienes habitamos este Valle».

Esta audiencia fue presidida por el juez de la Cámara Contencioso Administrativa de 1ª Nominación, Massimino Leonardo. En representación del Gobierno de la Provincia de Córdoba, participó Eduardo Visconti, Natalia Bedoya por la Secretaría de Ambiente y en representación de los amparistas, Lucía Zenobi.

La Asamblea Paravachasca, en un comunicado que dio a conocer, repasó que el 6 de agosto pasado realizó una presentación de amparo colectivo ambiental en el cual se solicitaba la suspensión de la audiencia del 9 de agosto. Precisaron que «se reclamaba que se declare la nulidad de la audiencia pública digital, la inaplicabilidad e inconstitucionalidad del artículo 8 de la Ley 10618 y la nulidad del procedimiento de evaluación de impacto ambiental relativo al proyecto ‘Alternativa Ruta Provincial Número 5 – Tramo Alta Gracia – Villas Ciudad de América’, presentado por Caminos de las Sierras para obtener la licencia ambiental en Secretaría de Ambiente de la Provincia».

Explicaron desde esta organización de la región que «las razones por las cuales se solicitó en tiempo y forma la nulidad de la audiencia pública virtual -única instancia de intervención ciudadana no vinculante- se debía a que esta excluye a los/as vecinos/as que no disponen de los medios económicos y tecnológicos ni los conocimientos pertinentes, y por ende, al debido acceso y participación al proceso de audiencia pública previsto por la Ley Provincial N° 10.208, cuyo principal objeto es el de garantizar que la comunidad provincial, como sujeto y objeto del desarrollo sostenible, se involucre y respalde la supervisión, control y fiscalización ambiental». Esgrimen que esto quedó demostrado en el proceso de inscripción y en la misma audiencia, con abundantes testimonios de vecinos y vecinas que no pudieron anotarse o que fueron víctimas de inconvenientes de conexión y falta de información para acceder a la plataforma virtual desde la que se desarrolló la audiencia.

«Por otro lado, se solicitó la nulidad del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, presentado por el proponente (en este caso la empresa Caminos de las Sierras) debido a que este presentaría graves inconsistencias e irregularidades -todas expresadas y expuestas en la Audiencia pública virtual- en relación a la traza sobre la que se realiza, los métodos de evaluación de los impactos, los efectos socio-ambientales no evaluados, el alcance del área de influencia de la traza y el área de afectación», indicaron. Asimismo, observaron críticamente la ausencia de bibliografía fanexa y fragmentos de textos cuya autoría no presenta cita de referencia.

Finalmente, destacaron que si bien «sobran precedentes en los que la justicia ha hecho oídos sordos al reclamo de la ciudadanía en materia ambiental», la Asamblea Paravachasca ha considerado «necesario cumplimentar con los requisitos legales y recurrir a los mecanismos judiciales ordinarios para dejar sentado la vulneración de derechos a los que, como vecinos y vecinas, quedamos expuestas y expuestos una y otra vez». En ese marco, manifestaron confiar en que quienes tienen a su cargo la administración de Justicia, «atiendan a los argumentos sociales, legales y científicos expuestos en el amparo colectivo presentado y velen por el cuidado y la preservación de nuestros bienes comunes, como así también respeten lo que establece la Ley No. 27.566 que aprueba el Acuerdo de Escazú, en relación al derecho que como habitantes del Valle tenemos a la justicia ambiental, a la información pública y a participar en los procesos de toma de decisión sobre cualquier intervención que tenga algún impacto y afecte nuestros territorios».

Al cierre del comunicado, la organización afirma que «toda obra pública o privada de la magnitud e impacto de la Variante Ruta Provincial N° 5, que pretenda avanzar por este territorio y nuestras vidas, sin la participación real y plena de la ciudadana, carece de licencia social».

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