En un documento fechado el 27 de agosto pasado, la Justicia cordobesa decidió “rechazar el recurso de apelación” presentado por la empresa Verdol S.A. contra la Municipalidad de Alta Gracia, para suspender la aplicación de la ordenanza 9375/12, que restringe las fumigaciones con agroquímicos, a menos de mil quinientos metros de las viviendas.
Verdol había presentado una cautelar en la que denunciaba que la citada ordenanza les perjudicaba directamente, al impedirles fumigar sus campos (ubicados entre las rutas 5 y C-45) para la siembra directa. También señalaba como inconstitucional la norma municipal, respecto de lo que establece la Ley Provincial que rige la utilización de agroquímicos (número 9146).
Los vocales de Cámara no hicieron lugar a los reclamos, manifestando que no estaba justificada la suspensión de la norma, habida cuenta de que funcionarios y técnicos de la Provincia llevaron adelante inspecciones oculares tiempo atrás en campo de la citada empresa y que la cuestión de fondo se resolvería al llegar la sentencia.
“No se desconoce los embates a la ordenanza municipal que restringe la explotación y que la accionante entiende que afecta ilegítimamente su derecho a la explotación normal de la actividad agropecuaria, en la zona protegida por dicha normativa municipal, y que podría encontrarse en conflicto con la leyes que regulan la misma materia y con normas constitucionales, todo lo cual será materia de fondo a resolver en la Sentencia y excede el debate que ahora nos convoca”, expusieron los vocales de Cámara.
FOTO: ARCHIVO DIARIOTORTUGA.COM, DE LA INSPECCIÓN OCULAR DE LA CÁMARA 8° EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE CÓRDOBA EL 3 DE MAYO PASADO EN EL CAMPO DE VERDOL S.A.