Llevan a juicio a seis dirigentes gremiales, sociales y políticos por cortar calles en una protesta

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La jueza Anahí Hampartzounian, a cargo del Juzgado de Control y Faltas número 4 de Córdoba, encuadró la conducta de Emanuel Berardo, Soledad Díaz García, Federico Giuliani, Marisa Cariddi, Agustín Nazar y Roxana Carezano en el delito de impedimento u obstrucción de transporte o servicios públicos. Desde la CTA-A Córdoba encuadran esta decisión en «prácticas persecutorias y criminalizadoras de la protesta social».

Según entiende la jueza, durante una protesta realizada el 5 de abril de 2023 en la capital provincial, los imputados habían acordado con la Policía dejar libre media calzada, pero luego habrían incumplido el compromiso, produciendo el corte total de algunas arterias.

La imputación se ampara en el artículo 194 del Código Penal, que apunta a quiénes, «sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas»; y supone una pena de prisión, de tres meses a dos años.

En su resolución, la jueza Hampartzounian afirmó que la Constitución contempla y protege el derecho a la protesta social; aunque puntualizó que el reconocimiento de derechos también supone limitaciones. Señaló que cuando las protestas se desarrollan en una vía pública de circulación masiva, en general, se apela a un «mecanismo conciliatorio» que consiste en liberar una vía para el tránsito. De esa forma, los manifestantes pueden visibilizar adecuadamente el reclamo, sin aniquilar el derecho a circular.

«Lo intempestivo de la decisión de interrumpir por completo el tránsito vehicular (…) trajo como consecuencia que los organismos provinciales y municipales involucrados en el ordenamiento del tráfico se vieran imposibilitados de prever con la antelación debida, los trastornos que frente a un corte total indudablemente se presentarían, de modo tal que no resultó posible adoptar las medidas necesarias para evitar o al menos mitigar sus consecuencias», expresa la resolución judicial.

«Ni luchar ni protestar es delito»

La Comisión Ejecutiva Provincial de la Central de Trabajadores de la Argentina – Autónoma (CTA-A) rechazó y repudió la decisión de la jueza Anahí Hampartzounian, frente a estos cinco dirigentes, entre los que se encuentra el secretario General de ATE y la CTA-A Córdoba, Federico Giuliani.

Para la Central «es inaceptable que ante la crisis social y económica imperante, donde la lucha necesariamente se profundiza, las prácticas persecutorias y criminalizadoras de la protesta social se refuercen«. Asimismo, analizan que una decisión de estas características «pretende constituirse en un mecanismo disciplinador y de amedrentamiento para quienes luchan frente a tantas injusticias».

A través de un comunicado, sentencian la CTA-A Córdoba que «ni luchar ni protestar es delito«, rechazan la elevación a juicio de esta causa y adelantan que no claudicarán en la exigencia del «cese de la persecución política».

Finalmente, el documento gremial apunta que la entidad viene advirtiendo desde hace tiempo sobre la profundización de las políticas de criminalización de la protesta social en la provincia. «La ferocidad policial en la represión de los actos de protesta se constata con mayor claridad a partir de que es aprobada en la Unicameral -entre gallos y medianoche- la Ley de Seguridad que municipaliza y privatiza una potestad del Estado Provincial«, enfatiza el comunicado.

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