Las prestatarias de gas natural deben abstenerse de cortes o suspensiones del servicio

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Gas naturalEl juez Federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, a raíz de un pedido de la «Asociación para la Defensa Educación de los Consumidores – Consumidores Argentinos» para declarar inconstitucionales los aumentos en las tarifas del gas, resolvió «disponer como medida cautelar interina que todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas» por falta de pago, a partir del 21 de mayo.

«Consumidores Argentinos» había solicitado que se declarase la «inconstitucionalidad y la nulidad de los aumentos de gas en lo que se refiere a la fijación de los nuevos precios de gas en el punto de Ingreso al sistema de transporte (PIST) por falta de audiencia pública» y la «suspensión de la aplicación del nuevo cuadro tarifario», retrotrayendo las tarifas al 1 de abril de 2018. Conjuntamente, había solicitado una medida cautelar que dejara sin efecto los cuadros tarifarios de gas en PIST «para todos los usuarios del servicio de gas de la República Argentina».

Ramos Padilla decidió dictar una medida cautelar interina, distinta a la solicitada para, al mismo tiempo, darle «la posibilidad al Estado y al resto de las demandadas de exponer su posición en torno a la falta de audiencia en orden al precio de gas en PIST», garantizando la protección «a los sectores más vulnerables que se pudieron haber visto afectados por el posible actuar ilegítimo del Estado».

También consideró Ramos Padilla que en el Congreso de la Nación, cuenta ya con media sanción de Diputados «un proyecto de ley por el que -en forma coincidente con lo que pretende la actora- pretende retrotraer los aumentos del gas a noviembre de 2017», y que en caso de contar con la media sanción del Senado, «podría devenir abstracto el planteo formulado por los actores».

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